A las 16.00 horas, la Reina se desplazará hasta el municipio de Salteras para presidir la inauguración del primer centro para jóvenes y adultos con sordo-ceguera de España Santa Ángela de la Cruz, de la Asociación Española de Padres de Sordociegos (Apascide).
Este centro, atendido por 40 trabajadores y cuya construcción ha costado 2,2 millones de euros, procedentes de fondos del Plan E, así como de la Administración autonómica y la Obra Social de Caja Madrid, se ubica en una finca cedida por el Arzobispado de Sevilla y dispone de 45 plazas -17 de residencia y 28 de centro de día-, de la cuales, el 60% están concertadas con la Administración autonómica, que invierte, para ello, unos 680.000 euros al año. Además de las habitaciones en régimen residencial -con diferentes colores y texturas para ser diferenciadas-, las instalaciones cuentan con jardines, huertos con flores que cuidarán los internos, una sala de estimulación sensorial con distintos aparatos e instrumentos de música, salas de estar y de televisión, e incluso un spa relajante.
Más información en: Apascide.
La encuesta y el esquema del Plan se pueden rellenar y consultar respectivamente en la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.
Participando en esa encuesta se pueden reclamar medidas de accesibilidad como, por ejemplo, que existan alojamientos accesibles en todos los establecimientos hoteleros, una mejora de la accesibilidad de monumentos y centros culturales, más accesibilidad a playas, parques, circuitos turísticos...
a) Tener tres años cumplidos antes de la finalización del plazo para solicitar las ayudas.
b) Estar afectado de graves dificultades de movilidad sin estar imposibilitada totalmente para el desplazamiento. Se considerará que la persona tiene dificultades de movilidad siempre que obtenga al menos 7 puntos en el certificado de movilidad emitido por el Centro de Valoración y Orientación de la Delegación Provincial de Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, en aplicación del baremo establecido Anexo III del Real decreto 1971/1999, Procedimiento de reconocimiento de declaración del grado de minusvalía. A efectos de acreditar este requisito, las personas afectadas deberán aportar el certificado de movilidad 2 emitido o, caso de carecer del mismo, autorizar expresamente a la Delegación Municipal de Bienestar Social para recabar esta certificación del Centro de Valoración y Orientación.
c) No ser titular de vehículo automóvil adaptado para la conducción para persona con movilidad reducida, en el supuesto de beneficiarios mayores de 18 años. Los titulares de vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas han de adjuntar a la solicitud fotocopia de la Ficha Técnica del vehículo.
Plazo de presentación de la solicitud: de 20/10/2010 a 08/11/2010.
Lugar: Registro General y Registros Auxiliares del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.
Para más información:
Bases de la convocatoria (pdf).
Descarga de solicitudes (doc).
La Resolución entrará en vigor el día 21 de octubre de 2010, salvo la limitación de tiempo de 45 minutos, que será de aplicación a partir del día 10 de diciembre de 2010, a fin de que los conductores que accedan a la zona de tráfico restringido en ese periodo de tiempo conozcan el funcionamiento del presente plan de ordenación viaria.
El texto completo de la Resolución, con el perímetro de aplicación del Plan, la relación de entradas y salidas reguladas y el horario de acceso restringido, puede consultarse aquí.
En la web del Ayuntamiento de Sevilla www.trajano.com se puede consultar, además de todas las condiciones necesarias para la acreditación de vehículos, el plano con las distintas entradas y salidas previstas en el Plan.
El curso consta en los siguientes módulos:
MÓDULO 1: CTE DB SUA y Reglamento de Accesibilidad de Andalucía. - La regulación de las condiciones de accesibilidad. - Contenido del CTE DB SUA y del Reglamento de Accesibilidad de Andalucía. - Criterios de aplicación de la normativa de accesibilidad en el Municipio de Sevilla.
MÓDULO 2: Criterios de diseño accesible y soluciones específicas. - Principios generales de diseño accesible en edificación. - Prescripción de materiales, soluciones constructivas. - Ayudas técnicas y aplicación de sistemas domóticos. - Casos prácticos de aplicación. Visita a edificio.
MÓDULO 3: Taller de mejora de la accesibilidad en edificios de vivienda. - Mejora de las condiciones de accesibilidad en edificios existentes. - Mejora de las condiciones de acceso y comunicación vertical. - El diseño para todos como un estándar de calidad. Viviendas adaptables.
Lugar de celebración: Sala de exposiciones de la Fundación FIDAS. Avd. Marie Curie, 3. Isla de la Cartuja. 41092. Sevilla. Horario: de 17:00 a 21:00 h.
El curso contará con la participación de técnicos y profesionales especializados en este campo, procedentes tanto del sector público como del privado y del movimiento asociativo de personas con discapacidad, y se estudiarán ejemplos prácticos de aplicación, analizando los posibles recursos y soluciones.
Más información: Programa, horario, requisitos y precios del curso (pdf.) o bien en la página de la Fundación Fidas.
El documento ha sido aprobado por la Comisión Técnica de Accesibilidad en las Infraestructuras, el Urbanismo, la Edificación y el Transporte en Andalucía, órgano colegiado de asesoramiento técnico en materia de accesibilidad de la Administración de la Junta de Andalucía, creada por el Decreto 293/2009 de 7 julio, y tiene por objetivo establecer criterios orientadores sobre los principales cambios originados en la normativa andaluza por las nuevas exigencias estatales de accesibilidad.
Se trata de un documento de carácter orientativo, no vinculante y que, por tanto, no está revestido de rango normativo que obligue directamente a su cumplimiento, si bien facilitará la labor de los responsables de la redacción y supervisión de proyectos.
Pueden solicitar el texto del Documento de Trabajo en formato pdf en la dirección: accesibilidad@discapacidadsevilla.org
a) Las "autorizaciones especiales permanentes" con validez de dos años y que permitirán circular y estacionar en la vía pública en la zona de tráfico restringido sin periodo de tiempo ni obligatoriedad de utilizar las salidas establecidas. Pueden obtenerlas, entre otros, los vehículos provistos de tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida expedida por la Junta de Andalucía.
b) Las "autorizaciones especiales temporales" que pueden obtener, entre otros:
- Los vehículos que recojan o lleven enfermos o personas de movilidad reducida a un inmueble de la zona, que podrán circular y estacionar en la vía pública en la zona de tráfico restringido sin periodo de tiempo y con obligatoriedad de utilizar las salidas establecidas. La validez de la autorización será durante el día o días necesarios para realizar la asistencia.
- Los de transportes a centros de estancia diurnas, que podrán circular y estacionar en la vía pública en la zona de tráfico restringido sin periodo de tiempo y con obligatoriedad de utilizar las salidas establecidas. La validez de la autorización será de un año.
Presentación de solicitudes: Las solicitudes, que deberán motivar la necesidad de la autorización, se podrán presentar de forma presencial en las oficinas de la Delegación de Movilidad, Servicio Administrativo de Tráfico y Transportes, Avda. Américo Vespucio, n. 19.- Pabellón Cartuja III-Isla de la Cartuja (Telfs.: 954 50 57 77, 954 50 58 03 y 954 50 57 96) o utilizando la Administración Electrónica a través de la página web del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla www.sevilla.org pulsando en "Sede Electrónica Trámites Online" y seleccionando después: Solicitud de autorización zonas restringidas especial permanente" o "Solicitud de autorización a zonas restringida especial temporal" según el caso. Los pasos siguientes pueden requerir diversos ajustes de su navegador y la descarga de complementos.
Tras este trámite, y según fija el artículo 65.2 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, la entrada en vigor de las modificaciones tendrá lugar 15 días hábiles después, por lo que el Plan de Ordenación del Casco Histórico ya cuenta con base jurídica para ser aplicado a partir del 25 de octubre. A partir de este momento solo será necesaria una resolución del Ayuntamiento que concrete el desarrollo del citado plan.
Sin embargo, aun cuando las modificaciones de la ordenanza entren legalmente en vigor en el periodo citado, el Ayuntamiento no tiene previsto comenzar a sancionar a los que incumplan la nueva normativa hasta diciembre, coincidiendo con la puesta en marcha del Plan de tráfico de Navidad.
Modificaciones de la ordenanza publicadas en el BOP:
Ordenanza de
peatones y ciclistas (BOP).
Texto completo de la ordenanza con las modificaciones en negrita:
Ordenanza de peatones y ciclistas.